miércoles, 30 de marzo de 2011

Sociedad de estudiantes

INSTITUTO CAMPECHANO
ESCUELA DE TRABAJO SOCIAL
SOCIEDAD DE ESTUDIANTES.


San Francisco de Campeche, Campeche
25 de marzo de 2011.




MANIFIESTO



Cuando la buena fe y el  deseo de ser útiles son la norma de nuestros  actos, no es posible que la verdad que defendemos tenga punta de saeta con velocidad de rayo, es antorcha que ilumina sin deslumbrar...y así es la verdad de los integrantes de la Sociedad de Estudiantes que hoy han decidido organizarse; si alguno la confundiera, pobre de él porque no se atreve a reconocer los cambios de conciencia de la generación actual; si pretendiera ignorarla peor para él porque está condenado a vivir una continua farsa.

Dentro de este contexto, es necesario señalar que, es en la escuela donde nos enseñan a convivir con nuevas personas, a desarrollar habilidades grupales e individuales, donde aprendemos a aprender, donde se nos ofrece enseñanza a tal grado que el maestro y el estudiante aprenden; es en ella donde se nos proporcionan las herramientas teórico metodológicas necesarias para desarrollar nuestro propio aprendizaje, sin embargo es en ella en donde por lo general permanecemos callados y aceptamos sin cuestionar pensamientos, actitudes y valores ajenos, avergonzándonos de nuestros propios valores e ideologías, es en ella donde nos enseñan a ser dependientes olvidando que como jóvenes podemos tener criterios propios, expresar nuestros puntos de vista y cuestionar actos y situaciones que afecten nuestras necesidades como estudiantes.  

Es por esta razón que acuerdo con los cambios estructurales y de gobierno por los que actualmente atraviesa el Instituto Campechano, y de acuerdo con el Artículo 98, inciso IX de la Ley Orgánica del mismo Instituto, que a la letra dice que los alumnos tienen derecho a  Asociarse en cada escuela y federarse en todo el Instituto, para los fines propios de su desarrollo cultural y profesional…”,  hemos decidido organizarnos como “Sociedad de Estudiantes de la Escuela de Trabajo Social”, con el objetivo de participar activamente en nuestra formación profesional y personal, en un ambiente de identificación y respeto hacia la comunidad de la cual formamos parte.





CAPITULO I

DE LA CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS

Artículo 1.- Los estudiantes de la Escuela de Trabajo Social del Instituto Campechano, conscientes de los problemas que nos aquejan como tales, hemos decidido organizarnos en  sociedad de estudiantes, misma que en atención a la escuela a la que pertenecemos se denominará de ahora en adelante, Sociedad de Estudiantes de la Escuela de Trabajo Social To’one’ Ka’anbalo’on,  y su lema  que se incluirá en su escudo oficial será “Estudiar no es un acto de consumir ideas, sino de crearlas y recrearlas para el cambio social”. 

Artículo 2.- La residencia legal  de esta sociedad de alumnos será la Ciudad de San Francisco de Campeche, capital del Estado de Campeche y su domicilio, para todo lo relativo a su funcionamiento serán los espacios que ocupe la Escuela de Trabajo Social del Instituto Campechano.

Artículo 3.- El objetivo de esta Sociedad de Estudiantes es promover y desarrollar todas las acciones y actividades que contribuyan a mejorar el nivel académico de los estudiantes para contribuir activamente en su formación profesional y personal, acabando con el individualismo  que amenaza a la generación actual, mediante la continua  participación social de la comunidad estudiantil en actividades que permitan su desarrollo integral  en su propio beneficio y de la comunidad de la cual forman parte, así como velar y defender en todo momento los legítimos derechos de sus integrantes.

 Artículo 4.- La estructura organizativa de esta Sociedad de estudiantes es incluyente, se respetará en todo momento la ideología, filiación política, religión y tendencias sexuales de sus integrantes,  así como los acuerdos  que tomen con sus partes contrarias.

Artículo 5.- La estructura organizativa de esta sociedad es eminentemente democrática, nadie mandará a nadie, ni suplantará sus derechos,  ya que todos tendrán voz y voto. No se impondrá el deseo de unos cuantos sobre la mayoría, sino el consenso entre los diferentes puntos de vista.

Artículo 6.- Esta sociedad respetará los reglamentos que emanen de la Ley Orgánica del Instituto Campechano, siempre que no se opongan a nuestros derechos consagrados en la Constitución Mexicana y la Declaración Universal de los Derechos de la Juventud.


CAPITULO II

DE SUS AFILIADOS

Artículo 7.- Pertenecen a la Sociedad de Estudiantes de la Escuela de Trabajo Social, todos los estudiantes de la Escuela de Trabajo Social desde el momento mismo de su inscripción como alumno regular de esta escuela.

Articulo 8.- Los miembros de la Sociedad de Estudiantes pueden ser activos o con derechos en suspenso.

Articulo 9.- Son miembros activos, todos aquellos que cumplan con sus obligaciones con la Escuela Trabajo Social y con la Sociedad de alumnos.

Artículo 10.- Son miembros en suspenso, cuando no cumplan sus obligaciones con la Escuela de Trabajo Social o con la Sociedad de Estudiantes, salvo que medie una causa justificada.

CAPITULO III

DERECHOS Y OBLIGACIONES.

Artículo 12.- Son derechos de los integrantes de la Sociedad de Alumnos de la Escuela de Trabajo Social
a)    Participar con voz y voto en todas las actividades y acuerdos que pretendan tomar y organizar sus representantes.
b)    Ser convocados oportunamente para asistir a las asambleas ordinarias o extraordinarias a que convoquen sus representantes.
c)    Tener voz y voto en las asambleas de estudiantes.
d)    Votar y ser votado para ocupar cualquier cargo de representación en el seno de la Sociedad de Estudiantes.
e)    Ser representados y patrocinados por la Sociedad de Estudiantes cuando el caso, así lo amerite.
f)     Recibir información adecuada y pertinente de las negociaciones que realice la Sociedad de Estudiantes.
g)    Exigir rendición de cuentas a sus representantes en caso de que se maneje algún recurso económico.  


Artículo 13.- Son obligaciones de los integrantes de la Sociedad de Estudiantes.
a) Cumplir estos estatutos y los acuerdos que emanen de las Asambleas.
b) Asistir puntualmente a las asambleas que se le convoque.
c) Desempeñar fielmente toda comisión que le encomiende la Asamblea, el  
     Consejo de Estudiantes o el Comité Estudiantil.
d) Evitar acciones que afecten los intereses de la Sociedad de Estudiantes o
    la imagen de la Institución.
e) Participar en las actividades culturales, recreativas o de promoción, que
     organice la Sociedad de Estudiantes de la Escuela de Trabajo  Social.

CAPITULO IV

PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS

 Artículo 14.- Son principios fundamentales de la Sociedad de Estudiantes de la Escuela de Trabajo Social:

a)    La Sociedad de Estudiantes de la Escuela de Trabajo Social es independiente y autónoma de cualquier partido político y de cualquier otra organización social.

b)    El funcionamiento de la sociedad de estudiantes será colegiado, nuestra democracia será directa, cada quien podrá dar su opinión sobre la dirigencia y/o sobre los temas desarrollados en las asambleas de estudiantes.

c)    La Sociedad de Estudiantes actuará con fraternidad y respeto hacia nuestros compañeros, acatando la disciplina y los acuerdos para fomentar la unidad estudiantil y avanzar siempre todos en pos de un mismo objetivo, la superación personal y profesional.

d)    Los integrantes de la Sociedad de Estudiantes serán responsables y deberán estar comprometidos con la comunidad estudiantil.

e)    Las decisiones se tomarán democráticamente, entendiendo por democracia el consenso de las mayorías.

f)     Los representantes de la Sociedad de Estudiantes, no suplantarán la voz de la comunidad estudiantil y estarán obligados a escuchar los problemas que se presenten y buscar las alternativas necesarias para su solución sin violentar las leyes y reglamentos institucionales.

g)    Los representantes de la Sociedad de Estudiantes están para servir y no para servirse de sus integrantes.

h)   La Sociedad de Estudiantes respetarán los Reglamentos que emanen de la Ley Orgánica del Instituto Campechano, siempre que no se contrapongan a los derechos consagrados en la Carta Magna y a la Declaración Universal de los Derechos de la Juventud.

CAPITULO V

DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO Y SU REPRESENTACIÓN

Artículo 15.- Son órganos de representación y gobierno de la Sociedad de Estudiantes de la Escuela de Trabajo Social:
a)    La Asamblea de Estudiantes.
b)    El Comité de Estudiantes.
c)    El Consejo de Estudiantes.
d)    Los Representantes de Grupo.

DE LAS ASAMBLEAS

Artículo 16.- El órgano supremo de gobierno de la Sociedad de Estudiantes, es la Asamblea de Estudiantes, integrada por todos los integrantes activos, presidida por el Consejo de Estudiantes.

Artículo 17.- Las asambleas serán;
a)    General Ordinaria.
b)    General Extraordinaria

c)    De Representantes de Grupo.
Artículo 18:- Todo tipo de Asamblea será convocada por el Comité Estudiantil y presidida por el Consejo de Estudiantes.

Artículo 19.- Todos los acuerdos de la Asamblea serán obligatorios para los integrantes de la Sociedad de Estudiantes.

Artículo 20.- Las asambleas generales ordinarias se realizarán el primer viernes de cada mes.

DEL COMITÉ DE ESTUDIANTES

Artículo 21.- El Comité de Estudiantes tiene como función representar los intereses de los estudiantes de la Escuela de Trabajo Social ante las autoridades correspondientes.

Artículo 22.- El Comité de Estudiantes estará integrado por un Secretario General, un Secretario de Organización, un Secretario Tesorero y un Secretario de Comunicación.

Artículo 23.- Los miembros del Comité de Estudiantes serán elegidos por voto directo en asamblea general extraordinaria. Duraran en funciones dos años, no podrán ser reelectos y no podrán militar en partido político alguno.

Artículo 24.- Para ser miembros del Comité de Estudiantes deberán tener  un promedio mínimo de 8 en el momento de su elección y mantener un promedio mínimo de 7.5 durante  el tiempo que dure su gestión.

Artículo 25.- Ningún miembro del  Comité de Estudiantes  podrá firmar acuerdos o realizar convenio alguno sin la aprobación de las dos terceras partes más 1 de los integrantes del Consejo de Estudiantes.

Artículo 26.- Son obligaciones del Secretario General:
a)    Representar legal y oficialmente a la Sociedad de Estudiantes.
b)  Presentar semestralmente un Plan de Trabajo para contribuir a mejorar la  
     formación profesional y personal de los estudiantes afiliados. 
c)  Coordinar las actividades de los demás integrantes del Comité.

Artículo 27.- Son obligaciones del Secretario de organización.
a)    Coordinar conjuntamente con el Secretario General las actividades de los demás integrantes.
b)    Programar conjuntamente con el Secretario General el Plan de Trabajo.

DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES

Artículo 28.-  El Consejo de Estudiantes tendrá como función representar los intereses de los estudiantes ante el Comité de Estudiantes y velar por el buen funcionamiento de la Sociedad de Estudiantes.

Artículo 29.- El Consejo de Estudiantes estará integrado por dos representantes
de cada grupo con que cuente  la escuela entre los cuales se nombrará por voto directo un Consejero Presidente, un Consejero Secretario y los restantes fungirán como vocales.

Artículo 30.- Los integrantes del Consejo de Estudiantes deberán ser estudiantes comprometidos con la comunidad estudiantil y no podrán militar en partido político alguno.

Artículo 31.- Para ser miembro del Consejo de Estudiantes será necesario contar con un  promedio mínimo de 8 en el momento de su elección y mantener un promedio no menor de 7.5 durante el tiempo que dure su gestión.

Artículo 32.- Los Consejeros durarán en sus funciones cuatro años y serán sustituidos de manera escalonada, cada que un consejero egrese o renuncie, por otros elegidos por voto directo en una asamblea de representantes. 

Artículo 33.- El Consejo de Estudiantes no podrá aprobar ninguna propuesta del Comité de Estudiantes sin consultar a la comunidad de estudiantes.

Artículo 34.- Son obligaciones del Consejero Presidente.
a)    Presidir y coordinar las reuniones del Consejo, así como las asambleas.
b)    Firmar conjuntamente con los demás consejeros los documentos y acuerdos aprobados por la Asamblea para su aplicación por el Comité.

Artículo 35.- Son obligaciones del Consejero Secretario.
a)    Levantar las actas de todas las reuniones  y mantener al día la documentación del Consejo.  

Artículo 36.- Son obligaciones de los Consejeros Vocales, asistir a todas las reuniones del Consejo y debatir los temas y problemas a tratar hasta llegar a un acuerdo entre las partes involucradas.

DE LOS REPRESENTANTES DE GRUPO

Artículo 37.- Los Representantes de Grupo tendrán como función, representar los intereses de los integrantes de cada grupo ante el  Ante el Comité de Estudiantes y desempeñar fielmente las comisiones que se le encomienden por el mismo Comité o por el Consejo de Estudiantes.

Artículo 38.-  Para ser Representante de Grupo, es necesario contar con un promedio mínimo de 8  en el momento de su elección y mantener un promedio no menor a 7.5 durante el tiempo que dure su representatividad.

DE LAS COMISIONES

Artículo 39.- Para coadyuvar a alcanzar sus objetivos, la Sociedad de Estudiantes, estructurará comisiones que recaerán en los Representantes de Grupo:

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Articulo 40.- Por única vez y por fines de organización el Consejo de Estudiantes y los  Representantes de Grupo  a través de una votación libre y directa elegirán a los miembros del Comité de Estudiantes.

Artículo 41.- Una vez integrada la Sociedad de Estudiantes en el mes de octubre de cada 2 años se llevarán a cabo elecciones presididas por el Consejo de Estudiantes para renovar a la dirigencia estudiantil.

Artículo 42.- La Sociedad de Estudiantes, entrarán en funciones una vez aprobados los presentes Estatutos, mismos que serán entregados a las autoridades del Instituto Campechano para su conocimiento.

Comité de Estudiantes
Mayra Guadalupe Mijangos Ríos
Secretaria General

   Moisés G. Reyes Perera            Janet Yerbes Medina         Erika M.  Ruiz Novelo
 Secretario de Organización    Secretario de Comunicación      Secretario Tesorero

Consejo de Estudiantes

Ana Cristina Peláez García
Consejera Presidente

Adriana C. May Osorno
Consejera Secretaria

Rodrigo Carvajal López          María A. Villatoro Pereyra         Miriam Tuz Chin
              Vocal                                        Vocal                                    Vocal

Reyna G. Laynes Kú            Maricarmen L. Cab Cu         Maribel Valdez Vargas
         Vocal                                          Vocal                                Vocal

Representantes de Grupo

     Nínive de los A. Díaz Naal                                     Simona Alvarado Moo        
Representante del 2do. Semestre                      Representante del 4º. Semestre         


     Miguel Alejandro Pereyra                                Jesús Alfonso Barrera Pérez
Representante del 6º. Semestre                        Representante del 8º. Semestre           

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